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Comunicado del Consejo General de Colegios Oficiales de Dietistas-Nutricionistas en relación a la sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia 854/2022, de 25 de octubre de 2022

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  • noviembre 4, 2022

La Audiencia Provincial de Valencia desestima el recurso de apelación que pretendía que el CGCODN dejara de usar su denominación legal sobre la base de la titularidad de la marca que ostenta la Asociación con CIF G-98521800 que se autodenomina «Consejo Oficial».

La Audiencia Provincial ha desestimado el recurso interpuesto por la citada Asociación contra la Sentencia del Juzgado de lo Mercantil (que ya había desestimado, en octubre de 2021, además, su solicitud de medidas cautelares).

En resumen, y acogiendo con ello la argumentación del CGCODN, relativa a que el uso de su denominación es legal, referida a su condición de corporación de derecho público, la Audiencia Provincial dice literalmente en su Sentencia que la titularidad de la marca por la citada Asociación “no impide el uso de la denominación social por la demandada, menos cuando está registrada administrativamente”.

El CGCODN se congratula por esta Sentencia y espera poder cerrar definitivamente, de la forma más rápida posible el conflicto existente, recordando que la legítima constitución del CGCODN, como ahora reconoce con la declaración esta nueva Sentencia, jamás se ha puesto en duda por los cauces establecidos por la legislación. Quizá debido al convencimiento de que la actuación de 10 de marzo de 2018, de imposición antidemocrática de liquidación de la Comisión Gestora por 6 Colegios a los 7 restantes Colegios existentes en dicha fecha, punto éste cuya relevancia jurídica no ha sido aún objeto de examen de fondo en ninguno de los procedimientos por causas ajenas a nuestra voluntad, sería determinante ante cualquier intento de cuestionamiento de la legal constitución del CGCODN, hasta ahora la única reclamación recibida por el CGCODN ha tenido como base la titularidad de una marca que fue registrada en 2018, al poco de los hechos de 10 de marzo de aquel año, cuando el Consejo no tenía aún personalidad jurídica por no haberse publicado la norma de estatutos provisionales que otorga la «voz» científica del Consejo a una Entidad privada que no es parte en litigio alguno.

El CGCODN seguirá actuando en defensa de la profesión y relacionándose de forma plena con la Administración. En los últimos meses hemos avanzado en el impulso de los proyectos que hemos definido como estratégicos para la profesión en nuestro informe de reivindicaciones, y esperamos tener pronto nuevas buenas noticias a añadir a las que ya hemos logrado en los últimos tiempos, con el  foco puesto en la revisión de normas esenciales para la profesión, como los Reales Decretos de cartera de servicios del SNS o de Centros y establecimientos sanitarios, y con la satisfacción de haber obtenido como ante el Tribunal Supremo la confirmación importantísima para nuestra profesión STSJ M 14893/2019 y llevado a término la publicación del Manual de referencia para el futuro de la profesión, basado en nuestra historia.

Además de defender nuestra posición siempre en alegación de motivos basados en derecho, seguiremos actuando conforme a la naturaleza que nos es propia con atención a los fines legalmente atribuidos, defendiendo la profesión con honestidad y convicción.

Aquí puedes leer la Sentencia AP cesación de marca al completo.

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